El Instituto es un organismo constitucional autónomo, especializado, imparcial y colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual gozará de plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho a la transparencia, acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados. El Instituto no se encuentra subordinado a ninguna autoridad. Las resoluciones del Instituto, en materia de clasificación de información y acceso a la información, serán vinculantes, definitivas e inatacables para todos los sujetos obligados.
Artículo 32° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
¿Como se integra?
El Instituto se integra por:
- I. El Consejo General, que es el órgano máximo de gobierno;
- II. Comisionados;
- III. La Secretaría Ejecutiva;
- IV. Las unidades administrativas que establezca su Reglamento Interior que mínimamente deberán ser: Jurídica, Capacitación y Difusión, Administración, Control Interno, Tecnologías de la Información y las demás que su Reglamento prevea y
- V. Las representaciones del Instituto que de manera justificada apruebe el Consejo General.
Artículo 33° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Misión
Garantizar el cumplimiento del derecho humano al acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.
Visión
Ser una institución comprometida con la sociedad Sudcaliforniana, atendiendo en su funcionamiento los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, objetividad, transparencia, profesionalismo y máxima publicidad.
Objetivo
Consolidar en Baja California Sur, la cultura por la transparencia, el ejercicio del derecho al acceso a la información pública, la protección de datos personales y la debida rendición de cuentas.